UVE / Realiza tu Declaración
Se han plasmado las preguntas mas frecuentes en esta sección, si no puedes encontrar la respuesta a tu pregunta, comunícate con nosotros y te apoyaremos con mucho gusto.
Es la manifestación del patrimonio y de un posible conflicto de interés que realizan los servidores públicos como acto de transparencia con la finalidad de que las autoridades competentes verifiquen su evolución y congruencia entre los ingresos y egresos.
Es cuando servidor público tiene un interés personal, familiar o de negocios que pudiera afectar el desempeño imparcial objetivo de sus funciones.
Ingresa a la siguiente liga: https://aseydeclara.congresoyucatan.gob.mx, elige el tipo de declaración que te corresponde y llena las secciones que se despliegan, una vez concluida, envía el acuse al departamento de Recursos Humanos.
De conformidad con el articulo 33 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y con el artículo 31 y 48 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán.
- • La Inicial deberás presentarla dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma del encargo.
- • La de Modificación deberás presentarla durante el mes de mayo de cada año.
- • La de Conclusión deberás presentarla dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del encargo.
Actualmente se contempla el apartado de Posible Conflicto de Interés es el Formato de la Declaración Patrimonial; sin embargo También podrá presentar la declaración de intereses en cualquier momento en que el servidor público, en el ejercicio de sus funciones, considere que se puede actualizar un posible Conflicto de Interés.
Todo Servidor Público que haya estado en funciones el año inmediato anterior
Todos los servidores públicos que iniciaron a laborar a partir del 19 de julio del 2017 y los que antes de la fecha presentaban sus declaraciones patrimoniales.
Si no se presenta la Declaración Inicial podría quedar sin efectos el nombramiento o contrato respectivo. Si no se presenta la Declaración de modificación podría quedar sin efectos el nombramiento o contrato respectivo. Si no se presenta la Declaración de Conclusión del Encargo podría inhabilitársele de tres meses a un año.